viernes, 20 de febrero de 2015

Las condenas a represores de Junín: "por su complicidad en el genocidio perpetrado durante la dictadura cívico-militar"

Dos de los acusados fueron condenados a cadena perpetua; otros dos a 25 años de prisión; dos más, a 18 años; y un último caso, a 15 años de cárcel. La sentencia fue anunciada ayer por el juez Carlos Rozanski y hubo emoción entre las víctimas y familiares.

La Plata, 19 Feb .- El Tribunal Oral en lo Criminal Oral Nº 1 de La Plata, presidido por el juez Carlos Rozanski, dio a conocer ayer sentencias a siete represores en el marco de la última jornada del juicio por delitos de lesa humanidad cometidos en Junín.

Después de tres meses de juicio y 12 extensas audiencias –con la declaración de 70 testigos–, el veredicto condenó a dos de los acusados a cadena perpetua; otros dos a 25 años de prisión; dos más, a 18 años; y un último caso, a 15 años de cárcel.

Hubo emoción entre las víctimas y familiares que habían esperado casi 38 años para que se juzgaran los terribles hechos cometidos durante la última dictadura cívico militar en esa ciudad banaerense. 
 
La condena dada a conocer ayer tendrá su correlato en la fundamentación de las condenas, que será publicada el 26 de febrero de 2015. Este fallo no quedó firme y la defensa ya adelantó que recurrirá al tribunal de Casación para apelar esta decisión.

No obstante, tanto familiares y víctimas como referentes de los organismos de derechos humanos, confían en que hay muy pocas posibilidades que esa apelación prospere.

El fallo

En primera instancia, el Tribunal condenó a prisión perpetua e inhabilitación absoluta a Ángel José Gómez Pola, “por su complicidad en el genocidio perpetrado en la última dictadura cívico militar” y por encontrarlo coautor del delito de homicidio doblemente calificado en los casos de los ex detenidos desaparecidos juninenses Hugo Torretta, Adrián Romié y Gilberto “Beto” Mesa. Asimismo, fue condenado por “intervenir en la lesión grave en la integridad física o mental del grupo” y por los delitos de “privación ilegal agravada” y “aplicación de tormentos agravada”.

También se condenó a prisión perpetua e inhabilitación absoluta a Abel Oscar Bracken, “por su complicidad en el genocidio perpetrado durante la última dictadura cívico militar”. Asimismo, fue condenado por haber sido “coautor del delito de homicidio doblemente calificado”, por el caso Torretta. Además, fue condenado por “intervenir en la lesión grave en la integridad física o mental del grupo” y por los delitos de “privación ilegal agravada” y “aplicación de tormentos agravada”.

Francisco Silvio Manzanares fue condenado a 25 años de prisión e inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena “por su complicidad en el genocidio perpetrado durante la última dictadura cívico militar”, por “intervenir en la lesión grave en la integridad física o mental del grupo”, y como “coautor de privación ilegítima de la libertad agravada” y “aplicación de tomentos agravada”.

También fue condenado a 25 años de prisión Aldo Antonio Chiacchietta “por su complicidad en el genocidio perpetrado durante la última dictadura cívico militar”, por “intervenir en la lesión grave en la integridad física o mental del grupo”, y como “coautor de privación ilegítima de la libertad agravada” y “aplicación de tormentos agravada”.

Bajo los mismos argumentos, Miguel Ángel Almirón y Julio Ángel Esterlich fueron condenados a 18 años de prisión y Edgardo Mastrandrea, a 15. Asimismo, se revocó la detención domiciliaria de Chia-cchieta, Almirón y Bracken.

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